¿Si me separo de mi pareja de hecho pierdo la residencia?

si me separo de mi pareja de hecho pierdo la residencia

En España, una de las vías más comunes para obtener la residencia es a través de una relación con un ciudadano español o de la Unión Europea, ya sea mediante el matrimonio o la figura de pareja de hecho. Sin embargo, muchas personas se preguntan qué sucede con su estatus de residencia si esta relación llega a su fin. ¿Si me separo de mi pareja de hecho pierdo la residencia? La respuesta no es tan simple, ya que depende de varios factores y situaciones específicas. En este artículo te explicamos en detalle qué opciones tienes y cómo puedes mantener tu residencia en España.

La residencia a través de la pareja de hecho

Cuando un extranjero establece una pareja de hecho con un ciudadano español o comunitario y la registra oficialmente, puede solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea. Esta tarjeta generalmente tiene una validez de cinco años y permite al titular vivir y trabajar en España. No obstante, el mantenimiento de esta residencia está vinculado a la existencia de la relación con el ciudadano comunitario.

¿Qué pasa si me separo de mi pareja de hecho?

La legislación española contempla diferentes escenarios que permiten a un extranjero mantener su residencia a pesar de la disolución de la pareja de hecho. Sin embargo, para poder conservar la tarjeta comunitaria, es necesario cumplir con ciertos requisitos que la Ley de Extranjería española establece.

Requisitos para mantener la residencia tras la separación

Según el Real Decreto 240/2007, que regula el régimen comunitario, puedes mantener tu residencia en los siguientes casos:

  1. Duración mínima de la convivencia: Si la pareja de hecho ha durado al menos tres años desde su inscripción, de los cuales, al menos uno de estos años de convivencia debe haber sido en España, tienes derecho a mantener tu residencia. Este plazo se cuenta desde el inicio del proceso de disolución de la pareja de hecho, no desde la finalización del mismo.
  2. Custodia de hijos comunes: Si tienes hijos con tu pareja y te han otorgado la custodia mediante una sentencia firme, podrás mantener tu tarjeta comunitaria. Incluso si no tienes la custodia pero tienes derecho de visita a los hijos que residen en España, también podrás conservar la residencia.
  3. Víctima de violencia de género o trata de seres humanos: Si has sido víctima de violencia de género o trata de seres humanos durante la convivencia, la ley te protege y te permite mantener la tarjeta comunitaria sin necesidad de cumplir con otros requisitos de tiempo o convivencia.

¿Y si no cumplo con estos requisitos?

Si no cumples con los requisitos mencionados, tu situación puede complicarse. En estos casos, deberás solicitar una modificación de tu permiso de residencia al régimen general de extranjería. Aquí tienes algunas opciones disponibles:

  1. Residencia y trabajo por cuenta ajena: Si tienes una oferta de trabajo en España, puedes modificar tu tarjeta comunitaria a una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena. Es importante que la oferta laboral cumpla con los requisitos legales y que tu empleador esté al día con sus obligaciones tributarias y de seguridad social.
  2. Residencia y trabajo por cuenta propia: Si eres autónomo o planeas iniciar una actividad económica en España, puedes optar por la residencia y trabajo por cuenta propia. Deberás acreditar la viabilidad económica de tu proyecto y disponer de los medios suficientes para llevarlo a cabo.
  3. Residencia no lucrativa: Si tienes suficientes recursos económicos para mantenerte sin necesidad de trabajar, puedes solicitar una residencia no lucrativa. Este tipo de residencia no permite trabajar, pero te permite vivir legalmente en España.
  4. Arraigo social o laboral: Si llevas al menos tres años viviendo en España en situación irregular y puedes demostrar vínculos con la sociedad española, puedes optar por una residencia por arraigo social. También existe la opción de arraigo laboral si puedes demostrar una relación laboral de al menos seis meses.

Plazos y procedimientos para mantener la residencia

Es crucial que tomes acción dentro de los plazos establecidos por la ley. Tienes un plazo de tres meses desde la disolución de la pareja de hecho para comunicar tu cambio de estado civil a la Oficina de Extranjería. Si no lo haces dentro de este periodo, podrías perder tu derecho a conservar la residencia.

Una vez notificada la separación, deberás presentar la solicitud de modificación de tu permiso de residencia si no cumples con los requisitos para mantener la tarjeta comunitaria. Es recomendable que te asesores con un abogado especializado en extranjería para asegurar que sigas el procedimiento correcto y no caigas en situación irregular.

Si me separo de mi pareja de hecho puedo perder la residencia

¿Puedo volver a casarme o formar otra pareja de hecho?

Sí, una vez que has finalizado legalmente tu anterior relación, puedes casarte o formar una nueva pareja de hecho. Este nuevo vínculo te permitirá solicitar una nueva tarjeta comunitaria si cumples con los requisitos legales. Sin embargo, es importante que seas transparente con las autoridades y sigas todos los procedimientos legales para evitar problemas futuros.

¿Qué ley regula la extinción de la pareja de hecho?

En España, la regulación de las parejas de hecho y su extinción varía según la comunidad autónoma, ya que no existe una ley nacional única que regule las parejas de hecho a nivel estatal. Cada comunidad autónoma tiene su propia normativa y requisitos para el reconocimiento, inscripción y extinción de las parejas de hecho.

Sin embargo, en términos de derechos de extranjería, el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, que regula la entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, es el marco legal que establece las condiciones para mantener la residencia en caso de disolución de la pareja de hecho entre un ciudadano comunitario y un extranjero.

Abogado Extranjería Barcelona: ¿si me separo de mi pareja de hecho pierdo la residencia?

En Abogado Extranjería Barcelona, entendemos que la disolución de una pareja de hecho puede generar incertidumbre sobre tu estatus de residencia en España. La buena noticia es que, dependiendo de tu situación particular, es posible que puedas mantener tu residencia. Si has convivido con tu pareja durante al menos tres años, con uno de esos años en España, podrías conservar tu tarjeta comunitaria. Además, en casos de violencia de género, custodia de hijos o derecho de visita, también se protege tu derecho a residir en el país.

Si no cumples con los requisitos para mantener la tarjeta comunitaria, en Abogado Extranjería Barcelona te asistimos para explorar otras opciones, como la modificación a un permiso de residencia y trabajo bajo el régimen general. Es crucial actuar rápidamente y notificar la disolución de la pareja a las autoridades dentro del plazo legal de tres meses. Estamos aquí para guiarte en cada paso del proceso y asegurar que no caigas en situación irregular.

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